Cuarenta y siete días. Se dice pronto, pero este es el tiempo medio que se necesita en España para constituir y registrar una nueva empresa, aproximadamente lo mismo que en Irán, Filipinas o Líbano.
A través de una base de datos denominada “Doing Business Database” el Banco Mundial difunde una serie de indicadores que reflejan en qué medida la normativa vigente en un país facilita o dificulta las inversiones, la productividad y el crecimiento de las empresas. Por lo que respecta al tiempo que cuesta poner en marcha una empresa España ocupa el número 121 de entre los 175 países objeto de estudio. Ahí es nada. Los 47 días que, en promedio, cuesta constituir y registrar una sociedad en España contrastan con 2 días en Australia, 3 en Canadá o 5 en Estados Unidos. También los países de nuestro entorno próximo nos dan sopas con honda en este ámbito. Así en Francia y Portugal el plazo medio es de 8 días mientras que en Italia es de 13 y en Reino Unido de 18.
Algo tendrá que ver que en nuestro país sean necesarios hasta 10 trámites diferentes (certificación del registro, escritura notarial, NIF provisional, transmisiones patrimoniales, inscripción registral, NIF definitivo, legalización de libros, licencia fiscal, alta en la Seguridad Social, etc. …) mientras que en Australia y Canadá sólo son precisos dos, en Estados Unidos cinco y en Reino Unido seis. Es triste que a todos nuestros políticos se les llene la boca cuando hablan de iniciativa empresarial, innovación o competitividad pero a estas alturas no hayan sido capaces de poner en marcha una verdadera “ventanilla única” para simplificar toda esta burocracia.
En cualquier caso, me parece que el problema no viene sólo de la complejidad del proceso, sino que también tiene bastante que ver con la eficiencia y productividad de los diferentes órganos administrativos implicados.
¿Cómo se explica si no que en Italia o en Alemania, dónde es preciso completar nueve procedimientos diferentes, los plazos medios para poner en marcha una empresa de nueva creación sean 13 y 24 días, respectivamente?
Imagen Christian Schnettelker bajo licencia Creative Commons