Hoy en día numerosas empresas incluyen en los contratos de trabajo que firman con sus empleados pactos de no competencia postcontractual, es decir cláusulas por las que el trabajador, a cambio de una compensación económica, se compromete a no trabajar para otras empresas de la competencia una vez que la relación con su actual empleador ha terminado.
Una práctica que en algunos casos se restringe a empleados con «alto riesgo de fuga» porque se dedican a profesiones cuya demanda en el mercado excede su oferta, o a profesionales que poseen conocimientos que, de caer en manos de la competencia, podrían comprometer la competitividad de la empresa; pero que en otros casos aparece por defecto, como una cláusula más, en todos los contratos de trabajo de la compañía.
Dudo que la mayoría de las empresas que así actúan sean conscientes de lo perjudicial que resulta esta práctica para la economía del territorio donde desarrollan su actividad, y, en último término, también para ellas mismas.
A los dirigentes de estas empresas les recomiendo la lectura de un reciente artículo de Orly Lobel en el blog de la Harvard Business Review donde habla de los riesgos de este tipo de cláusulas contractuales tienen para la economía de los territorios donde están permitidas.
Porque resulta que en el mundo hay lugares donde este tipo de pactos son nulos. Entre ellos Holanda, Suecia,… Casualmente algunos de los territorios donde observamos una mayor concentración de empresas innovadoras. Bueno, tal vez no tan casualmente…
Es, por ejemplo, el caso de California. A cualquier empresa le preocupa que sus profesionales clave puedan tomar el portante e irse a otra empresa de la competencia, pero, por lo visto, las empresas californianas son de la opinión que ese riesgo está compensado más que de sobra por la facilidad que tienen para acceder al mejor talento justo en el momento que lo necesitan.
Además, en un ecosistema de empleo más abierto, esos profesionales que hoy se van de la compañía pueden volver mañana, trayendo consigo nuevos conocimientos y experiencias de gran valor para la organización. Y todo esto en el contexto de unas culturas organizativas donde, por fuerza, la atracción del talento prima sobre su retención. De ahí que en este estado observemos una de las mayores concentraciones de empresas innovadoras del mundo.
Por el contrario la existencia de obstáculos a la movilidad del talento —y este tipo de acuerdos lo son— pueden frenar el crecimiento económico de una región, tal como demuestran estudios llevados a cabo por investigadores de las universidades de Sloan, Berkeley y Yale. Un ejemplo lo tenemos en el estado de Michigan donde, cuando se empezaron a permitir ese tipo de pactos, muchos de los mejores cerebros de la zona emigraron, curiosamente, a California.
También es significativo que en aquellos territorios donde no se permiten esas restricciones contractuales a la movilidad se registren más patentes, se creen más empresas y se genere más empleo que en aquellas otras más proteccionistas.
¿Alguna vez habrán pensado sobre esto nuestros legisladores?